El Ministerio Público Fiscal fue clave en la resolución de la causa tras la exhaustiva investigación llevada a cabo a partir de las denuncias realizadas por las víctimas, lo que permitió efectuar la correspondiente acusación y arribar oportunamente a una sentencia condenatoria, sostenida como tal en casación.
Este miércoles 27 de setiembre, la Corte Suprema de Justicia, Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal, que integran doctores Daniel Leiva, Antonio D. Estofán y Daniel Oscar Posse, ratificó la condena dictada por la Sala II de la Cámara Conclusional (diciembre de 2022), contra Otto Fernando Barenbreuker, por el delito de defraudación fiduciaria, a la pena de seis años de prisión, más accesorias legales y costas procesales.

La posición del Ministerio Fiscal

El Tribunal consideró que correspondía no hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado en contra de dicha sentencia, en concordancia con el pronunciamiento oportunamente esgrimido por el ministro fiscal Edmundo Jiménez, en contra del recurso de casación presentado por la defensa al sostener que: “El fiduciario conocía el perjuicio que causó a los fiduciantes al no entregar las unidades que las víctimas esperaban recibir luego de haber transmitido su patrimonio. No tengo dudas que se aprovechó de la confianza depositada en él y no protegió el patrimonio recibido. Dispuso de ese dinero en su beneficio para seguir formando fideicomisos que no entregaba, cobrando honorarios por el rol de fiduciario que no cumplía y benefició a terceros”.

La acusación

De acuerdo a la acusación llevada adelante por el fiscal Carlos Saltor, los actos realizados por Barenbreuker fueron efectuados con el objeto de defraudar a las víctimas. El mismo, recibió el dinero por parte de los damnificados, pero no protegió ese patrimonio, con el objeto de no cumplir con la construcción de las unidades habitacionales correspondientes.
El arquitecto fue juzgado, luego de haber sido denunciado por 20 personas que habían pagado por acceder a departamentos que, o nunca fueron entregados, o se lo hizo en condiciones muy distintas a las pautadas. Las juezas Stella Maris Arce, Wendy Kassar y María Fernanda Bahler condenaron a Barenbreuker por defraudaciones en concurso real con las amenazas que dijo haber sufrido una de las denunciantes.
Barenbreuker fue juzgado luego de ser denunciado por varias personas que compraron departamentos en pozo pero que, en algunos casos hubo entregas incompletas, en otros la obra nunca empezó o nunca les fueron entregados.

Dicho delito fue cometido en perjuicio de los fideicomisos constituidos en Las Heras 252, Mendoza 45, Las Heras 175, San Lorenzo 788 y Córdoba 303.
En el debate, el fiscal Saltor había pedido la pena de nueve años y otros nueve de inhabilitación para ejercer el comercio. Por su parte, las querellantes solicitaron 12 años. En tanto, la defensa, había planteado la absolución.