El Gobierno nacional oficializó la designación del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto como la autoridad de aplicación encargada de sancionar las actividades ilegales sobre los recursos de las Islas Malvinas. La medida apunta específicamente a quienes desarrollen o faciliten la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina sin la debida autorización estatal.

La decisión quedó plasmada en el Decreto 868/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial. La normativa instruye a todos los organismos y entidades de la Administración Pública Nacional a informar a la Cancillería cualquier hecho que pudiera configurar una violación a la Ley 26.659 en un plazo máximo de cinco días hábiles desde que tomen conocimiento del caso.

En cuanto al procedimiento legal, el documento detalla que la cartera de Relaciones Exteriores analizará los indicios y, de ser suficientes, dispondrá la apertura de un sumario para notificar al presunto infractor. Una vez notificada, la empresa o persona involucrada tendrá diez días hábiles para presentar su descargo y ofrecer las pruebas correspondientes. Tras esa instancia, la Cancillería contará con otros diez días para dictar una resolución fundada que disponga el archivo de las actuaciones o la aplicación de la sanción.

En sus considerandos, el decreto fundamenta la medida recordando la disposición transitoria primera de la Constitución Nacional, la cual ratifica la legítima e imprescriptible soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur. El texto subraya que el Estado tiene la obligación de llevar adelante todas las acciones necesarias para recuperar el ejercicio pleno de la soberanía sobre los territorios insulares y los espacios marítimos correspondientes.