El Gobierno nacional formalizó la actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), fijando un piso de $383.800 mensuales a partir del 1° de septiembre de 2026 para los trabajadores que cumplen la jornada legal completa. La medida contempla un sendero de aumentos mensuales escalonados que culminará en $437.000 en abril de 2027.
La decisión quedó oficializada a través de la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. El esquema alcanza a los trabajadores encuadrados en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y los organismos del Estado que actúan como empleadores, mientras que aquellos con contratos por jornadas reducidas cobrarán la parte proporcional.
El laudo del Ejecutivo se activó luego de la frustrada reunión del Consejo del Salario del pasado 28 de agosto, donde las partes no lograron alcanzar un consenso. La CGT y las dos CTA rechazaron la propuesta de las cámaras empresarias, que consistía en una suba del 1,8% para septiembre y del 1,7% mensual hasta abril, retirándose del encuentro virtual y obligando al Gobierno a laudar los montos finales.
El cronograma de aumentos
La normativa dispuso ocho incrementos mensuales consecutivos tanto para los sueldos mensualizados como para los jornalizados:
- Septiembre de 2026: $383.800 mensuales y $1.919 por hora.
- Octubre de 2026: $391.200 mensuales y $1.956 por hora.
- Noviembre de 2026: $398.800 mensuales y $1.994 por hora.
- Diciembre de 2026: $406.400 mensuales y $2.032 por hora.
- Enero de 2027: $414.200 mensuales y $2.071 por hora.
- Febrero de 2027: $422.000 mensuales y $2.110 por hora.
- Marzo de 2027: $429.600 mensuales y $2.148 por hora.
- Abril de 2027: $437.000 mensuales y $2.185 por hora.
En paralelo, un reciente informe del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (IIEP) de la UBA advirtió que el salario mínimo real sufrió una contracción acumulada del 40,5% entre noviembre de 2023 y julio de 2026, lo que evidencia el atraso que arrastra el poder adquisitivo del sector.
Impacto en la prestación por desempleo y convenios
La resolución ratificó además la fórmula para calcular la Prestación por Desempleo, la cual equivale al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual de los últimos seis meses previos al cese laboral. Con los nuevos valores, el monto mínimo del subsidio no podrá ser inferior al 50% del salario mínimo vigente, mientras que el tope máximo no superará el 100% de ese valor, actualizándose ambos límites mes a mes de manera automática.
Por otro lado, desde Casa Rosada abrieron canales de diálogo informales con sindicatos y empresarios para promover que las paritarias de convenio incorporen pisos salariales brutos de $1.000.000, lo que representaría ingresos de bolsillo cercanos a los $830.000, aunque los acuerdos finales continuarán supeditados a la homologación oficial por parte de la Secretaría de Trabajo.

