El proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional ya ingresó formalmente a la Cámara de Diputados. La iniciativa, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y los ministros Pablo Quirno, Carlos Presti y Luis Caputo, busca establecer un nuevo esquema de sanciones drásticas contra quienes exploren o exploten recursos naturales en las Islas Malvinas y sus espacios marítimos circundantes sin autorización de la Argentina.
El texto legislativo plantea un cambio de paradigma: reemplaza el esquema vigente desde 2011, que estaba enfocado casi exclusivamente en las actividades hidrocarburíferas, por un régimen mucho más amplio que alcanza el aprovechamiento de recursos tanto renovables como no renovables en Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.
Penas de prisión y multas millonarias
El apartado punitivo es uno de los ejes centrales del proyecto. Las personas o compañías que realicen actividades prohibidas enfrentarán multas equivalentes a entre 4.000 y 500.000 barriles de petróleo, además de inhabilitaciones que van de cinco a 20 años.
Las penas se endurecen sustancialmente cuando se trata de recursos no renovables. En esos casos, las condenas previstas oscilan entre 12 y 20 años de prisión. Si el delito involucra la extracción, transporte o almacenamiento de hidrocarburos, la pena mínima parte desde los 15 años y las multas económicas pueden trepar hasta el equivalente a tres millones de barriles de petróleo.
El peso de la ley también recaerá sobre los proveedores. Quienes entreguen bienes o servicios esenciales a sabiendas de su destino ilegal enfrentarán penas de entre cinco y siete años de cárcel. Además, las sociedades involucradas podrán sufrir la suspensión de sus actividades por hasta 30 años, la pérdida de beneficios impositivos, la prohibición para contratar con el Estado y, en casos extremos, su liquidación. No obstante, el proyecto incluye un “Régimen de Desistimiento” para aquellas firmas que abandonen las actividades cuestionadas y realicen inversiones en el territorio continental argentino.
Consejo de Seguridad y protocolos de defensa
Otro de los capítulos más resonantes es la creación de un Sistema de Seguridad Nacional, que articulará áreas diplomáticas, de defensa, inteligencia y ciberseguridad. Este sistema estará regido por un Consejo de Seguridad Nacional, encabezado por el Presidente de la Nación e integrado por su jefe de Gabinete y los titulares de las carteras de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía.
Finalmente, el documento establece protocolos de acción directa ante amenazas. Fija procedimientos de intervención gradual frente a aeronaves y buques considerados hostiles, que van desde maniobras de interposición hasta disparos de advertencia. El texto aclara que el hundimiento de una embarcación queda reservado exclusivamente como una “medida militar excepcional” que requerirá autorización presidencial directa, prohibiendo expresamente el uso de esta acción extrema contra buques civiles como un mecanismo de sanción policial.

