El gobierno de Alberto Fernández reglamentó este miércoles el bono de 15 mil pesos que a partir de este mes pagará la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a jubilados y pensiones que perciben hasta dos haberes mínimos.

Lo hizo por medio del Decreto 105/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial en el que se especifica, tal como habían anunciado la semana pasada el ministro de Economía de la Nación, Sergio Massa, y la titular de la Anses, Fernanda Raverta, junto con los haberes de marzo, abril y mayo.

¿Cómo acceder al bono de hasta $15.000?

Para acceder al bono de $15.000, los jubilados y pensionados deben cobrar menos de dos jubilaciones mínimas. Es decir que la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes debe ser menor o igual a 58.665 pesos.

Mientras que para quienes perciban un importe superior a 68.665,43 pesos y menor o igual a 117.330,86 pesos, el bono será de 5 mil pesos.

En tanto, aquellos titulares que perciban un importe superior a $58.665 y menor o igual a $68.665 recibirán la “cantidad de dinero necesaria hasta alcanzar la suma de $73.665.

Por otro lado, habrá un bono de 5.000 pesos mensuales para aquellos que cobren más de $68.665 y hasta $117.330.

Por último, para aquellos titulares que reciban más de 117.339 pesos y hasta 122.330 pesos, “el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada en segundo término”.

ANSES Jubilados y Pensionados: Quiénes cobran Bono de Refuerzo

El bono alcanza a los siguientes beneficiarios:

Pensión Universal para el Adulto Mayor
Pensión no Contributiva por Vejez
Pensión no Contributiva por Invalidez
Pensión no Contributiva Madre de 7 hijas/os
Pensiones Graciables a cargo de ANSES
Otras Pensiones no Contributiva
Se dispuso además que “para percibir el refuerzo de ingreso previsional que se otorga por el presente decreto, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación”.

En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, “estos y estas deberán ser considerados y consideradas como un único o una única titular a los fines del derecho al refuerzo de ingreso previsional”.

El bono no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

Fuente A24