El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán condenó a cuatro años de cárcel a Jorge Edmundo Mistretta, exjefe de despacho de la Secretaría Electoral del Juzgado Federal N° 1 de Tucumán, que fue acusado por abuso sexual contra dos empleadas que estaban bajo su cargo. Los hechos ocurrieron en 2013 y 2015, en medio de lo que la fiscalía describió como un clima “machista” y “misógino”.

Mistretta escuchó el veredicto postrado en una cama. Su defensa había pedido momentos antes que se lo absolviera por el beneficio de la duda. El tribunal ordenó su inmediata detención, bajo la modalidad de prisión domiciliaria por su estado de salud. Además, la sentencia obligó al acusado a indemnizar a las víctimas y a la recomendación a Cámara Federal de Tucumán a poner una placa en el edificio que diga: “un ambiente violento de trabajo afecta el servicio de justicia, no a la violencia y al acoso”.

El fallo fue dictado por los jueces María Noel Costa, Carlos Enrique Jiménez Montilla y Enrique Lilljedhal. La acusación estuvo en manos de los fiscales Pablo Camuña y Lucía Doz Costa y en la defensa estuvieron estarán Enzo Ernesto Nieva (quien se ausentó por cuestiones de salud el día del alegato) y Gloria Hanssen. Al debate fueron citados una veintena de testigos, la mayoría de ellos empleados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación.

El viernes 16 de octubre de 2015, al terminar la jornada laboral, Mistretta llevó con su auto a su casa a MLB, una empleada contratada en la misma repartición. De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio, en esas circunstancias le tocó los pechos. “Por qué te vas a operar estas tetitas tan hermosas”, le dijo, según el relato de la víctima. La joven no entendió y lo apartó. Cuando la víctima se estaba por bajar del auto, el acusado quiso besarla en la boca. “Dame un piquito”, le dijo. La joven le gritó que estaba loco, se bajó el auto y se fue. Al lunes siguiente, al volver al trabajo, le contó a Estela Martínez Vázquez, prosecretaria electoral lo que había sucedido y le pidió un cambio de lugar. Ahí comenzó la causa.

En su declaración testimonial, M.L.B. relató que jamás se imaginó que Mistretta pudiera haber hecho lo que hizo, y que creía que con su jefe había construido una relación de padre a hija, de confianza fraternal, pero aclaró que veía cómo Mistretta trataba a otras mujeres de la oficina de manera grosera y con comentarios de índole sexual que incomodaban, pero que con ella no era así.

La fiscalía señaló que la única interpretación posible, según los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino, es que existe violencia sexual cuando no hay consentimiento libre y cualquier interpretación sobre la presencia o ausencia de consentimiento basada en estereotipos de género resulta contraria a las obligaciones. La defensa, en tanto, aseguró que su cliente sufría de obesidad mórbida por lo que puso en duda la facilidad de movimientos relatada por la víctima.

El hecho que se le atribuyó al acusado fue enmarcado entre entre julio y diciembre de 2013. La víctima fue A.C.C., quien relató situaciones de abuso sexual y de abuso de autoridad. Habló de “su forma desubicada y totalmente fuera de lugar con la que nos trataba, especialmente a las mujeres”. Detalló “comentarios groseros en términos sexuales, a veces disfrazados de chistes de mal gusto”. También afirmó que intentaba tocarla cuando la saludaba. A.A.C. aseguró no haber dicho nada por miedo a perder el trabajo, porque tiene tres hijos que mantener.

Mistretta se jubiló en 2019 por invalidez, sin sanción de ningún tipo. Según indicó la fiscalía, Mistretta, en su carácter de jefe de despacho de la Secretaría Electoral del Poder Judicial Federal de Tucumán al momento de los hechos, en ocasión de sus funciones realizó tocamientos corporales en zonas íntimas de los cuerpos de M.L.B. y de A.C.C., sin mediar sus consentimientos y valiéndose de su condición de jefe y ejerció abuso de su autoridad respecto de las empleadas que se encontraban bajo su dependencia. En tal sentido, lo acusó por el delito de abuso sexual simple en los dos hechos, en concurso real. Pidieron para él cinco años de prisión.

La defensa, en cambio, reclamó la absolución por el beneficio de la duda. Se sostuvo que “el proceso ha sido violentado”, afirmó que no hubo examen psicológico a las víctimas, sostuvo que “un tocamiento no es abuso sexual” y reclamó considerar los hechos en el contexto histórico en que sucedieron cuando se aludió a los comentarios machistas.

“No vamos a cuestionar a la víctima porque la víctima es víctima. Pero cuando la propia víctima duda de su percepción, no puede haber certeza” para una condena, se afirmó. Pero además acusó a la fiscalía de una imputación selectiva. “Tendrían que traer acá a todos los cómplices, los que se callaron. ¿Dónde están? Si tenemos un autor material… No veo que el Ministerio Público los haya citado ni siquiera como testigos”, afirmó el abogado que encabezó la argumentación.

En sus últimas palabras, desde la cama, Mistretta dijo llorando que le agradecía al tribunal por escuchar su defensa. Los jueces, sin embargo, sellaron la condena. Declararon que los hechos estaban enmarcados en “violencia de género”, consideraron a Mistretta “autor de abuso sexual simple por dos hechos” y lo condenaron a cuatro de prisión. Revocaron su excarcelación y dispusieron el arresto con prisión domiciliario bajo junto médica. También ordenaron una indemnización de $4.4 millones de pesos y 3.6 millones de pesos para cada una de las víctimas. Y recomendaron poner en el edificio donde trabajaba el acusado una placa que diga “un ambiente violento de trabajo afecta el servicio de justicia, no a la violencia y al acoso”

Fuente Infobae