El ex gobernador de la provincia de Tucumán, José Alperovich, presentó una solicitud hace un año para que un jurado popular supervisara el juicio en el que enfrenta acusaciones de abuso sexual y violación en contra de su sobrina. “Que el pueblo, en democracia, juzgue si los hechos que me atribuyen son reales o no”, había declarado en su momento.

Sin embargo, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (CNCCC) rechazó esta solicitud presentada por el ex gobernador. La Sala de Turno de la CNCCC ratificó este martes la decisión tomada meses atrás por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 29, declarando inadmisible el intento de la defensa del ex mandatario de aplicar el procedimiento de juicio por jurados según lo estipulado en la ley 6451 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La base de esta decisión radica en que la mencionada ley local establece que este tipo de juicios son obligatorios “para delitos cometidos en esa jurisdicción” y que tengan una pena máxima de 20 años de prisión o más. Los jueces Pablo Jantus y Eugenio Sarrabayrouse argumentaron que esta ley no es aplicable a los tribunales nacionales con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que tampoco cubre casos de esta índole, debido a la naturaleza de las penas asociadas a los delitos imputados.

La causa se inició en 2019 cuando la sobrina de Alperovich, quien trabajaba como su asistente personal, lo denunció por tres casos de abuso sexual (dos de ellos en tentativa) y seis episodios de violencia sexual agravada por acceso carnal. El juez Juan Ramos Padilla determinó que el juicio comenzará el 5 de febrero de 2024, con la citación de más de 80 testigos.