La medida, oficializada mediante la Comunicación A8332, establece que accionistas, directores, gerentes y otros cargos de relevancia en bancos y financieras —así como sus familiares directos— tendrán la llamada “restricción cruzada”. Esto significa que, si compran dólares en el mercado oficial, no podrán operar con dólares financieros (MEP o contado con liquidación) durante los 90 días posteriores.

La restricción alcanza a:

Cada vez que uno de estos directivos o familiares acceda al mercado oficial, la entidad vendedora deberá contar con una declaración jurada en la que el cliente se comprometa a no realizar operaciones con títulos en dólares durante el período de restricción.

La decisión se da en un cambio de rumbo respecto del proceso de desregulación cambiaria que el BCRA venía aplicando desde abril, cuando había eliminado restricciones para personas físicas. Incluso hoy mismo dispuso flexibilizar el acceso a divisas para exportadores de servicios, eliminando el tope anual de USD 36.000 que debían liquidar obligatoriamente en pesos.

Sin embargo, la fuerte presión sobre el tipo de cambio en las últimas semanas motivó a la autoridad monetaria a reinstaurar controles específicos para evitar maniobras de arbitraje entre el dólar oficial y los financieros.

Este jueves, el dólar mayorista cerró en el techo de la banda cambiaria, a $1.474,50, lo que obligó al Banco Central a vender USD 379 millones de reservas para contener la demanda.