El Gobierno nacional aprobó un nuevo régimen de retiro voluntario dirigido al personal de las jurisdicciones y organismos que integran la Administración Pública Nacional Centralizada. La medida fue oficializada este lunes mediante el Decreto 1203/2026 publicado en el Boletín Oficial, el cual lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

Según establece la normativa, el régimen aplica tanto para el personal de planta permanente como para aquellos vinculados mediante contratos por tiempo indeterminado. La inscripción para adherirse estará abierta desde el 1° hasta el 30 de noviembre de 2026, con la posibilidad de una única prórroga de hasta 30 días corridos.

La Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública. Un punto clave del decreto señala que, una vez concretado el cese laboral, las jurisdicciones “deberán arbitrar las medidas necesarias para la eliminación de los cargos presupuestarios correspondientes al personal que acceda al mismo”.

Tres grupos de beneficiarios: cómo es la compensación

El esquema divide a los trabajadores en tres grupos con distintas modalidades económicas:

  • Primer grupo: Mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no cuenten con aportes suficientes para jubilarse. Podrán optar por dos alternativas: cobrar mensualmente el 60% de su sueldo bruto durante un máximo de 36 meses (manteniendo aportes y obra social) o percibir una gratificación única equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad (con un límite de 18 remuneraciones).
  • Segundo grupo: Mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años con al menos 30 años de aportes jubilatorios. Recibirán un sueldo bruto por año de antigüedad (máximo 18) más una suma adicional equivalente a cinco sueldos brutos, independientemente de la antigüedad.
  • Tercer grupo: Mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años. Percibirán un sueldo bruto por cada año trabajado (máximo 20). Además, sumarán cuatro sueldos adicionales quienes acrediten menos de 15 años de antigüedad en planta permanente, o cinco remuneraciones adicionales si superan esa barrera.

Quiénes no podrán adherirse

El decreto también detalla exclusiones. No podrán aplicar al retiro voluntario aquellos empleados procesados por delitos contra la Administración Pública Nacional, ni los que estén sometidos a sumarios administrativos o tengan medidas disciplinarias pendientes que puedan derivar en cesantía o exoneración.

Tampoco podrán adherirse quienes hayan iniciado reclamos o acciones judiciales contra el Estado con motivo de su relación laboral (salvo que desistan del proceso), quienes ya cumplan los requisitos para acceder a la jubilación, tengan en trámite un beneficio previsional, se encuentren en situación de disponibilidad o hubieran presentado su renuncia y esté pendiente de aceptación.