El planteo opositor, encabezado por Roberto Sánchez, se sustentaba en dos argumentos principales: que la Constitución prohíbe a los gobernadores ejercer al mismo tiempo como legisladores nacionales por su distrito, y que la postulación de Jaldo tendría un carácter meramente “testimonial”, con fines electorales y sin intención de asumir en caso de resultar electo.
Sin embargo, tanto el fiscal electoral Rafael Alberto Vehills Ruiz como el juez coincidieron en que esas objeciones no son procedentes en esta instancia. Recordaron que la candidatura ya había sido oficializada el pasado 25 de agosto por resolución firme del propio Juzgado Federal con competencia electoral, al constatar que cumplía con los requisitos establecidos en la Ley de Partidos Políticos y el Código Electoral Nacional.
Reabrir el debate, señalaron, afectaría la seguridad jurídica del proceso. Por ello, el magistrado resolvió que no corresponde dar curso a la impugnación y remitió la cuestión a la Cámara Nacional Electoral como única instancia habilitada.
Con esta decisión, Jaldo mantiene vigente su postulación para las elecciones del próximo 26 de octubre, mientras la oposición deberá acudir al máximo tribunal electoral del país para insistir con sus objeciones.

