La normativa aprobada por unanimidad contempla la medición de los indicadores de huella hídrica y de carbono entre otros estudios medioambientales, así como también campañas educativas sobre el uso adecuado de los recursos y acciones concretas que promuevan la mitigación de los efectos adversos producidos a partir de los hábitos de vida en la ciudad.

“A los fines de la presente ordenanza, entiéndase como: a) Huella hídrica: es el indicador medioambiental que mide el volumen de agua utilizado en un determinado consumo o a lo largo de toda la cadena de producción de un bien de consumo o servicio. Esta Huella se divide al mismo tiempo en tres dimensiones:

1. Huellas de Agua Gris: representan la cantidad de agua necesaria para diluir los contaminantes generados por una actividad o proceso, por ejemplo, el agua utilizada para tratar residuos industriales o aguas residuales.

2. Huellas de Agua Verde: se refieren al uso directo de agua de fuentes naturales, como ríos o lagos, para actividades agrícolas, forestales o de jardinería.

3. Huellas de Agua Azul: representan el consumo de agua superficial o subterránea para uso humano, industrial o agrícola.

b) Huellas de Carbono: representan la cantidad total de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) producidas directa o indirectamente por una actividad, producto o entidad. Incluyen emisiones de CO2, metano (CH4) y otros GEI”, establece el artículo 2 del proyecto de ordenanza, promovido por los concejales José María Canelada y Gustavo Cobos.