La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) “liberó” diez medicamenntos para la venta sin receta médica. La medida alcanza a productos de administración oral, oftálmica y tópica que llevan al menos cinco años en el mercado sin reportes de efectos adversos graves que alteren su balance entre riesgos y beneficios.

La medida fue formalizada este martes en el Boletín Oficial mediante la Disposición 4714/2026 y alcanza a todas las especialidades medicinales inscriptas en el registro del organismo que cumplan con las composiciones y presentaciones contempladas en la normativa. Con esta modificación, los fármacos ya no tendrán descuentos con obras sociales o prepagas.

Los diez grupos de medicamentos son:

  • Trimebutina maleato: 100 mg, en comprimidos o cápsulas de administración oral.
  • Levocetirizina diclorhidrato: 5 mg y 5 mg/ml, en comprimidos, cápsulas o solución oral.
  • Fexofenadina clorhidrato: 60 mg, 120 mg y 6 mg/ml, en comprimidos, cápsulas o solución oral.
  • Dimenhidrinato: 50 mg, en comprimidos o cápsulas de administración oral.
  • Nafazolina clorhidrato y feniramina maleato: solución oftálmica estéril con una concentración de 0,025% de nafazolina y 0,3% de feniramina.
  • Olopatadina clorhidrato: solución oftálmica estéril en concentraciones de 0,1% y 0,2%.
  • Carboximetilcisteína: 5%, en jarabe o solución oral.
  • Cloruro de aluminio hexahidratado: 20%, en loción de uso tópico.
  • Carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata: asociación en polvo de administración oral o tópica, en las concentraciones detalladas por la ANMAT.
  • Ivermectina: exclusivamente en concentración de 0,5%, en loción de uso tópico.

En el escrito se especificó que la autorización de la ivermectina no comprende comprimidos ni otras presentaciones de administración oral y la venta libre se limita a la loción tópica indicada en el mismo.