La medida, establecida mediante la Resolución 37/2025 publicada en el Boletín Oficial, deroga la prohibición vigente hasta ahora y la reemplaza por un régimen con requisitos más estrictos y fiscalización reforzada por parte del Ministerio de Seguridad.
Qué armas se podrán comprar y quiénes están habilitados
El nuevo marco normativo autoriza la adquisición de armas semiautomáticas con cargadores desmontables, como fusiles o subametralladoras de asalto derivadas de modelos militares, siempre que sean de calibre superior al .22 LR.
Podrán acceder:
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Legítimos usuarios registrados como portadores de armas de uso civil condicional.
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Entidades de tiro (clubes y asociaciones habilitadas).
Requisitos para obtener la autorización
El permiso especial exige cumplir con una serie de condiciones:
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Identificación detallada del arma: tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie.
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Sistema de guarda tipo G2: espacio seguro de almacenamiento autorizado.
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Declaración jurada y documentación probatoria, acompañadas de fotografías del arma.
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Pago de tasas administrativas, equivalentes a las de la Tenencia Exprés y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM).
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Acreditación de uso deportivo, mediante certificaciones de entidades de tiro, participación en competencias o aval institucional.
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Ausencia de antecedentes sancionatorios o trámites pendientes ante el RENAR.
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Cinco años mínimos de antigüedad como legítimo usuario.
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Pruebas adicionales, que el RENAR podrá requerir para validar la solicitud.
Con esta resolución, el Gobierno busca —según los considerandos oficiales— actualizar el régimen de armas de uso civil y alinearlo con estándares deportivos y de control más modernos, aunque la medida ya genera debate entre especialistas y organizaciones vinculadas a la seguridad.

